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La disolución de una sociedad es con frecuencia un proceso delicado, ya que, teniendo en cuenta que se trata de una disolución extrajudicial, exige que todos los socios estén de acuerdo respecto a dicha decisión.
Este artículo abordará la disolución de una sociedad de responsabilidad limitada, desde el punto de vista de que no existe ninguna controversia entre los socios y existe un consenso entre ellos con respecto al cierre de las actividades de la empresa de manera formal y legal.
En este sentido, aclaramos que dicho proceso consta de varias etapas y requiere la observancia de normas legales y contractuales específicas para garantizar que todas las obligaciones de la empresa se cumplan adecuadamente antes del cierre definitivo.
Los principales pasos hacia la disolución
A continuación, de manera sucinta, abordaremos las principales etapas que intervienen en la disolución de una sociedad:
Distrato social- Debe ser formalizado por los socios de la empresa, según lo establecido en los respectivos estatutos, Código Civil y reglamentos del Departamento Nacional de Registro e Integración Empresarial - DREI. El documento que decide el cierre de la empresa se conoce comúnmente como Distrito Social y debe registrarse en la Junta Comercial Competente.
Liquidación - Esta etapa, si redunda en beneficio de los socios, también puede abordarse en el Distrito Social y debe ser determinada por un liquidador, socio o profesional externo, designado para gestionar la liquidación de los activos y pasivos de la empresa, quien también será responsable, en nombre de la empresa, de pagar todas las deudas y obligaciones de la empresa, si las hubiera.
Distribución de activos - Tras el pago de todas las obligaciones, los activos restantes, si los hubiera, deben distribuirse entre los socios, de acuerdo con la proporción de sus acciones en el capital social de la empresa.
Además, la responsabilidad de los activos y pasivos, que pueden estar sobreviniendo, es responsabilidad de los antiguos socios.
Cabe mencionar que al momento de la extinción, es necesario indicar a la persona responsable de llevar los libros, de conformidad con el punto X, art. 53 del Decreto No. 1.800 de 1996.
Procesalmente, para que el cierre de la empresa produzca los debidos efectos legales, el Distrito Social debe estar inscrito en el Registro Mercantil competente, y será necesario cancelar la empresa en otros organismos, como el Servicio de Ingresos Federales, el Departamento de Finanzas, el Ayuntamiento, entre otros.
<alt text>ejecutivos hablando sobre la disolución de la empresa
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